miércoles, 8 de abril de 2009

Actividad en grupo ( grupo 6) tema 2 LEYES EDUCATIVAS RELACIONADAS CON LA EDUCACIÓN DE ADULTOS

LEYES DE EDUCACIÓN EN ESPAÑA, EN ESPECIAL, ANDALUCÍA, EN LOS ÚLTIMOS TREINTA AÑOS:

LEY DEL 70

- Ley “muy europea”. Es una ley que intenta una adaptación importante a la línea educativa europea, sobre todo en el uso de ciertos términos, sin embargo, esto se queda más en las palabras que en la propia práctica. Además, las necesidades educativas de Europa no eran las que España tenía.
- Es la primera ley de educación española que habla de educación de adultos.
- Identifica Educación Permanente con Educación de Adultos ( la limita a educación de adultos cuando miramos su contenido)
- Oferta seguir los estudios de Educación General Básica, Bachillerato y Formación Profesional.
- Mención a la Iglesia Católica
- No concreta edad para poder acceder a la oferta educativa, por lo que se presupone que su acceso es para hombres mayores de 18 años y mujeres mayores de 21.
- Se centra, sobre todo, en una oferta formativa para personas que nunca tuvieron la educación básica o para aquellas que tuvieron que abandonar y su nivel es mínimo (pero no habla de alfabetización por no quedar por debajo del resto de Europa. También por esta cuestión social y no educativa, utiliza el término de Educación Permanente).
- Atribuye al Estado la responsabilidad de revisar y planificar la Educación de Adultos.
- Ya tiene en cuenta que la formación de adultos debe tener una metodología específica diferente a la de los niños.


L.O.G.S.E (Ley orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo) 1990

- Se establece por primera vez el acceso a la educación en los centros penitenciarios.
- No utiliza en ningún momento el concepto de Educación Permanente.
- Primera ley que se preocupa de la educación de los más necesitados y personas que se encuentran en dificultad, dándoles prioridad.
- Introduce la formación para la capacidad de participación en la vida pública, social, cultural…(habilidades)
- Ya se concreta la edad de acceso a las ofertas educativas.
o Pruebas de acceso directo al título de Graduado en Educación Secundaria, para mayores de 18 años.
o Prueba de acceso al Bachillerato para mayores de 23 años.
o Prueba de acceso a la Universidad ara mayores d 25 años.

- Hace énfasis en las personas poseedoras del graduado escolar para que puedan ampliar sus conocimientos.
- Se amplia la oferta formativa con la Educación a Distancia.
- Introduce que la metodología adecuada es el autoaprendizaje.
- Se introduce la posibilidad de acceder a niveles de Educación no obligatoria.
- Se comienzan a establecer centros de Educación de Adultos (específicos para la educación de adultos).
En esta web aparece la L.O.G.S.E muy bien explicada con una imagen-esquema de la misma:
http://www.ac-nancy-metz.fr/enseign/espagnol/logse.htm

Ninguna de las Leyes anteriores (Ley del 70 y L.O.G.S.E) se han desarrollado por completo, quedando la mayoría de sus contenidos en papel mojado.

L.O.E (Ley Orgánica de Educación) 2006.

- No utiliza el concepto de Educación Permanente, aunque sí se refiere a una educación permanente.
- Considera a los emigrantes y sus necesidades educativas, proporcionando programas de aprendizaje de la lengua castellana, de otras lenguas cooficiales, así como elementos básicos de la cultura, para facilitar su integración.
- No se prioriza a personas con necesidades pero se les presta atención.
- Se introduce la posibilidad de realizar actividades educativas regladas y no regladas.
- Por primera vez, estas enseñanzas las pueden cursar niños/as mayores de 16 años.
- Introduce la necesidad de hacer efectivo el derecho a la ciudadanía democrática.
- Amplía la oferta y posibilita el acceso a las distintas enseñanzas del sistema educativo.
- Añade la cuestión de las habilidades, a los conocimientos ya establecido.
- Se oferta enseñanza de idiomas.
- Introduce la posibilidad de acceder a enseñanzas artísticas superiores (mayores de 19 años y con la necesidad de superar una prueba)

Ley: http://www.boe.es/boe/dias/2006/07/14/pdfs/A26488-26494.pdf


L.E.A ( Ley de Educación de Andalucía) 2007


- Primera ley de Educación de Andalucía. Está enmarcada en el ámbito y principios de la LOE y no puede ir en su contra.
- Primera ley educativa de una Comunidad Autónoma.
- Introduce por primera vez explícitamente actividades que contribuyen a la formación a lo largo de la vida.
- La edad para la prueba de obtención del título de Bachiller se fija en 20 años. También esta edad para la obtención del título de Técnico y Técnico Superior.
- Se ofertan por primera vez, programas de cualificación profesional inicial.
- Se oferta para las personas adultas la enseñanza de idiomas en Escuelas Oficiales de Idiomas.
- Introduce la formación en Tecnologías de la Información y Comunicación y fomento de la cultura emprendedora y espíritu empresarial.
- Formación en patrimonio cultural andaluz.
- Introduce formación para el conocimiento y conservación del Medio Ambiente y sostenibilidad : vida saludable, prevención enfermedades y riesgos laborales.

En este enlace encontrareis un artículo que realiza un bien resumen de esta ley: L.E.A: http://www.ellapicero.net/node/2203

En esta web son respondidas las preguntas más frecuentes que sobre la oferta de Educación de Adultos contiene la L. E. A: http://www.articulosinformativos.es/Educacion_Para_Adultos_Andalucia-r933266-Andaluc%C3%ADa.html

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